Foto: El Nuevo Herald Por La Chiringuera, especial para “La Chiringa de Cuba”

No sé si soy más inconforme que nadie o que mi mente no es capaz de valorar las decisiones de alta política de mi país. Esta mañana se anunciaba la tan esperada Reforma migratoria y aunque me alegra que se hayan eliminado los permisos de salida y las cartas de invitación; me parece una gran decepción.

Y quizás solo sea yo, aunque juro que no es por una intención expresa de ver solo lo malo; pero realmente me sabe a poco. ¿Tanto tiempo pensando, estudiando, para definir únicamente eliminar dos cosas que se sabía desde hace mucho que no tenían razón de ser? ¿Dónde queda el legítimo derecho de quienes emigraron ilegalmente, a volver a entrar a su país, a ver a su familia a reencontrarse con sus amigos y sus raíces? ¿Hasta dónde hay realmente una voluntad común de la nación cubana si imponemos “castigos” a quienes se acogen a la Ley de Ajuste Cubano? ¿Qué pasa con los médicos y deportistas que desertaron, están condenados de por vida? ¿Y qué hay de aquellos a los que el sueño del primer mundo no los convence y quieren volver a su país, por qué no se eliminan las trabas que hoy existen?

Tengo amigos cuyas familias tenían puestas sus esperanzas en esta nueva ley para soñar con volverlos a ver e incluso para conocer a las familias que ellos han ido formando lejos del país y los suyos. Conozco a otros que solo ansían estar en su isla, aunque sea para compartir el único pan de la libreta y los problemas del transporte. Sé de una adolescente de 17 años que hace 14 años no puede ver a su padre, porque él no puede entrar y ella no puede salir. Acaso a ellos también les parezca poco, como a mí.

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  1. Alfredo Viamonte Marin dice:

    No te preocupes, no eres el unico al que esa tan esperada reforma migratoria, le deja un amarguisimo sabor en el alma. Yo soy de los prohibidos de entrar en Cuba. No se el por qué, nadie me lo dijo nunca. La “voluntad comun de la nacion cubana”, es solo para ciertos intereses. En lo personal, tome la decisión de que nunca mas regresaré, pues nunca voy a mendingar un derecho que es mio. Quien sabe si algún dia realmente la voluntad comun de la nacion cubana sea ejercida.

  2. A todas luces la necesidad de “controlar” a los profesionales para que no huyan en desbandada de un país donde la economía está regida por normas obligatorias que implanta un grupito tomándose el derecho por 11 millones, hace necesario que estos jerarcas impongan el castrante art. 23.
    Pero es que en un país donde los estudios son gratuitos para los estudiantes pero pagados por TODOS en estipendios dejados de recibir, resulta ineludible”pasarle la cuenta” en algun momento a los que se hacen de una carrera porque de lo contrario, si permiten que todos los profesionales “arranquen” con el título bajo el brazo le están haciendo el juego a cada ciudadano y no a los intereses de la nació. El gobierno dejaría de cumplir su rol de asegurar el futuro de los ciudadanos y de la nación en su conjunto.
    Esa ha sido la “historia” de la revolución cubana: 54 años construyendo el futuro de la nación que, por lo que se avisora, los cubanos deberán hibernar otros 50 años con chance de “reenganchar” de nuevo por si las moscas.
    La educación superior no puede ni debe ser gratuita; es una banalidad de los que escribieron la doctrina socialista; absurda pero necesaria. Absurda porque la respuesta está ahí en la isla ahora; todos la tenemos delante. Necesaria como poesía romántica para atiborrar de placer a la hermosa enamorada. Ese es el punto.
    Te doy la universidad gratis pero no puedes irte del país sin mi permiso. Es gratis o pagada la educación superior ?; no me van a decir a mí que ese “acuartelamiento a la cañona” no significa un tesoro en la vida de un profesional, caramba !.
    Pero qué van a hacer los ideólogos del socialismo ?; cobrar los estudios universitarios ?. Si les interesara más el provenir económico de los cubanos que el arsenal ideológico, emprendería el estudio de un proyecto de ley abarcador de todo el arcoiris cubano para implantar los estudiios universitarios mediante el pago correspondiente, lo que atraería profesores distinguidos y destacados de cualquier lugar del mundo; aumentaría elk prestigio de los graduados y no tendrían necesidad de “acuartelarlos” cuando pidan permiso para visitar Turquía o Cundinamarca.
    La salud es por el estilo; la gratuidad no puede ser generalizada, debe distinguir quién puede pagar los servicios y quién no puede; eso haría un ideólogo justo sin necesidad de estar en el partido comunista. Con el tiempo la callidad aumentaría irremediablemente. El desastre de los servicios sanitarios en muchos lugares de Cuba está dado en parte porque no puede protestarse porque no se tiene derecho a protestar; por qué protestas, chico, no es gratis ?. Sigue y no jodas tanto, qué te has creido, que eres aristócrata ?. Esa serí la embestida del ( oficial a cargo del policlinico ).
    El deporte no se queda atrás. Veamos: Qué beneficios económicos brindan los atletas de alto rendimiento a Cuba ?. Ninguno o casi ninguno para no ser tan oclusivo. Solo unos centenares de profesores ( que no son atletas sino instructores o entrenadores) son los que cobran un salario al país extranjero donde prestan sus servicios. Pero los otros, los miles de deportistas de alto rendimiento que consumen consumen consumen consumen y consumen de lo que pagan los cubanos ( que dejan de recibir en sus salarios para engrosar las arcas del estado de donde sale el dinero que aprueba y maneja la ANPP ).
    Por qué gastar tanto dinero un país empobrecido y sin industrias importantes como Cuba en todas esas delegaciones en casi todos los deportes algunos de los cuales pagan a entrenadores extranjeros ?. No han visto en los desfiles de las Olimpiadas cómo la delegación cubana está dentro de las más numerosas ?; quién paga eso en dolores verdes ?: El pueblo cubano que deja de recibir esas cantidades desviadas al deporte a través de la red social de servicios, alimentos, transporte, etc.
    Pero para el caracter ideológico y el proyecto de revolución lidereada por 52 años por Fidel Castro y seguida ahora por su hermano, primero morir que torcer el brazo; qué cóño le importan los cubanos y su PNB !; lo importante para ellos es su legado y nos lo han demostrado año trás año.
    Así que no le den más vueltas al asunto de la nueva norma sobre inmigración que el problema no se subsume a su cuerpo, sino al “espíritu” de la Revolución Cubana.

  3. manuel dice:

    Que oportunidad perdio Raul Castro y el PCC de hacer funcionar las leyes en Cuba y que fuera la Asamblea Nacional el centro del debate y aprobacion de las enmiendas echas a la vieja ley de emigracion cubana? Una vez mas el partido suplanta las funciones del poder popular y no cumple con las resoluciones adoptadas en su congreso de separcion de las atribuciones entre direccion politica y direccion administrativa del estado .Se viola otra vez nuestra Constitucion al no respetarse su letra que especifica que la doble nacionalidad no es reconocida . Entonces porque tengo dos nacionalidades ? Viajo por el mundo con un pasaporte del pais donde vivo y estoy obligado a entrar a mi pais con el pasaporte cubano.Mucha reflexion para tan poco “alpiste” al pueblo y su emigracion

  4. Raydel dice:

    Con respecto a los que nos fuimos y nos convertimos en emigrados a los 11 meses de ausencia del territorio nacional sí se nos abre el camino para volver a residir en Cuba. Aquí está el texto de la ley:

    RESOLUCIÓN No. 44
    POR CUANTO: El Decreto No. 26, “Reglamento de
    la Ley de Migración”, de fecha 19 de julio de 1978, tal
    como fue modificado por el Decreto No. 305 de 11 de
    octubre de 2012, en su artículo 48, Apartado 2, responsabiliza al Ministerio del Interior con establecer los
    procedimientos para la tramitación de las solicitudes
    que presentan los ciudadanos cubanos emigrados, con
    el objetivo de establecer su residencia en el territorio
    nacional.
    POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que
    me está conferida, en el numeral 4, Apartado Tercero,
    del Acuerdo No. 2817, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994,
    R e s u e l v o :
    SOBRE EL PROCEDIMIENTO
    PARA RESOLVER LAS SOLICITUDES
    DE RESIDENCIA EN EL TERRITORIO
    NACIONAL QUE PRESENTAN
    LOS CIUDADANOS CUBANOS EMIGRADOS
    PRIMERO: La presente Resolución tiene como objetivo establecer el procedimiento mediante el cual los
    ciudadanos cubanos emigrados presentan las solicitudes de residencia en el territorio nacional.
    SEGUNDO: Los ciudadanos cubanos emigrados
    que soliciten establecer su residencia en el territorio
    nacional, ante los Consulados Cubanos en el exterior o
    la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior que
    corresponda, deben cumplir los requisitos siguientes:
    a) Presentar la solicitud.
    b) Presentar el Pasaporte Corriente vigente.
    c) Informar la persona de referencia que en Cuba se
    compromete a garantizar su alojamiento y manutención cuando corresponda, hasta tanto el interesado
    pueda disponer de vivienda e ingresos propios.
    d) Pagar el impuesto o arancel consular, según corresponda, de acuerdo con la legislación vigente.
    TERCERO: Las solicitudes de las personas a que
    se refiere el apartado anterior deben informar sobre la
    vía utilizada para emigrar y las causas por las que solicita su residencia nuevamente en Cuba, así como los
    datos de identidad y el pasaporte vigente de los menores de edad o incapaces que lo acompañen.
    CUARTO: Las respuestas a las solicitudes de residencia en Cuba, que presentan los ciudadanos cubanos
    emigrados, se resuelven por la Dirección de Inmigración y Extranjería en el término de 90 días, y se notifican a través de los Consulados Cubanos o las Oficinas
    de Trámites del Ministerio del Interior donde fueron
    presentadas.
    QUINTO: En el acto de notificación de la respuesta
    a los ciudadanos cubanos emigrados, donde se aprueba
    la residencia del interesado en el territorio nacional, se
    les entregará además un documento para que se presente en la Oficina de trámites correspondiente del
    Ministerio del Interior, a fin de registrar o actualizar su
    identificación en el país.
    SEXTO: Cuando se trate de personas que se encuentren cumpliendo sanción de privación de libertad bajo la clasificación migratoria de emigrados, podrán
    designar a un familiar para que los represente en el
    trámite a que se refiere la presente Resolución.
    DISPOSICIÓN FINAL
    ÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a
    partir del 14 de enero de 2013.
    Archívese el original de esta Resolución en el Departamento Jurídico del Ministerio del Interior.
    PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Repú-
    blica.
    Dada en La Habana, a los 13 días del mes de octubre de 2012.
    Ministro del Interior
    General de Cuerpo de Ejército
    Abelardo Colomé Ibarra

  5. norelply dice:

    yo quiero hacer una pregunta alguien me puede decir si los cubanos que ahora estamos en el extrenjero y no se nos han vencido los 11 meses y tampoco lo haran hasta luego del 14 de enero al regresar por ejemplo en ffebrero tendremos que pagar las cuotas consulares hasta el 14 de enero por ejemplo en fi yo quiero regresar en febrero y en ese momento aun no cumplire ni los 11 meses de la actual ley pero no si tendre que pagar algo eso la ley no lo deja claro,
    Gracias

  6. [...] de las voces inconformes con los derechos de la población emigrada es Carlos Alberto Pérez, quien desde su blog La Chiringa de Cuba manifiesta su desacuerdo con las limitaciones impuestas por la ley para las visitas de emigrados cubanos, a [...]